Psicotécnico Permiso Conducir

No, no tienes que llevar nada más, aparte del DNI. Nosotros nos encargamos y facilitamos el tramite. La foto te la hacemos directamente en en nuestro Centro de Reconocimientos cuando vengas a hacer las pruebas del psicotécnico.

No.

En el caso de la renovación del permiso de conducir no será necesario, ya que nosotros nos encargamos de todo el trámite, sin necesidad de que vayas a Tráfico.

DNI o pasaporte, o NIE (extranjeros).

La solicitud de prórroga del permiso o licencia puede presentarse tres meses antes a la fecha de la pérdida de vigencia.

Adelantar la presentación de la solicitud no supone, en ningún caso, pérdida de días de validez, ya que la prórroga se empezará a contar desde la fecha en que la autorización que se quiere renovar pierde vigencia.

Realizados los trámites desde el centro de reconocimiento se envían los datos a la Jefatura de Tráfico y son ellos los que se encargan de enviarlo a su domicilio, puede variar pero suele llegar en 3-4 semanas.

No debes pagar ningún tipo de multa o recargo por renovar el carnet una vez caducado. Pero la autoridad te podrían sancionar si conduces desde el día siguiente al de la fecha de caducidad.

No, aunque NO puedes conducir con el carné caducado.

Actualmente ya no existe límite de caducidad para renovar el carné de conducir.

No.  Simplemente debes decírnoslo cuando te pedimos e introducimos en el sistema los datos que figuran en tu DNI.

Certificado Embarcaciones Recreativas

Es el certificado que acredita que la persona cumple las condiciones físicas y psíquicas precisas para tener una titulación náutica de recreo.

Deberá traer su D.N.I y una foto de carné

La validez del certificado médico de aptitud psicotécnica es de 90 días naturales.

Las tarjetas de recreo tienen un período de validez de 10 años, transcurrido el cual podrán renovarse con la aportación de un nuevo certificado médico. Las personas mayores de 70 años de edad deberán renovar el título cada 5 años.

Preguntas Certificado Licencia de Armas

Para realizar el examen psicofísico deberá traer su D.N.I y una foto de carné.

  • La licencia de armas tipo B (pistolas y revólveres) tiene una validez de tres años.
  • La licencia de armas tipo C (armas para vigilancia y guardería) tiene validez exclusivamente durante el tiempo de prestación de servicio de seguridad.
  • La licencia de armas tipo D (armas largas rayadas para caza mayor) y  armas tipo E (armas de tiro deportivo y escopetas de caza) tienen una vigencia de 5 años.
  • La licencia de armas tipo F (armas para uso en campos, galerías y polígonos de tiro) tiene una validez de 3 años, siempre que el titular mantenga la habilitación deportiva.
  1. La vigencia de las licencias estará condicionada al mantenimiento de los requisitos exigibles para su otorgamiento. Los órganos competentes para su expedición pueden comprobar en cualquier momento tal mantenimiento y, en caso contrario, procederán a revocarlas.
  2. Para mantener la vigencia de la licencia, las personas mayores de 60 años necesitarán visarla (confirma su validez tras su comprobación) cada dos años, previa aportación del interesado del informe de aptitud psicofísica que realizamos en nuestro centro.
  3. Los mayores de 70 años deberán efectuar el visado de la licencia anualmente.

Puede consultar la información completa  en:     www.guardiacivil.es/licencias

Se trata de un certificado médico que acredita que la persona reúne las condiciones físicas y psicológicas adecuadas para tener la licencia de armas.

El informe de aptitud psicotécnica tiene una validez de tres meses.

El examen médico suele durar unos 20-30 minutos.

Animales Potencialmente Peligrosos

Deberá traer su D.N.I y una foto de carné. La validez del certificado es por 3 meses.

  • Ser mayor de edad.
  • No haber sido condenado por delitos de homicidio, lesiones, torturas, contra la libertad o contra la integridad moral, la libertad sexual y la salud pública, asociación con banda armada o de narcotráfico, así como no estar privado por resolución judicial del derecho a la tenencia de animales potencialmente peligrosos.
  • No haber sido sancionado por infracciones graves o muy graves con alguna de las sanciones accesorias previstas en la normativa de aplicación.
  • Disponer de capacidad física y aptitud psicológica para la tenencia de animales potencialmente peligrosos. ESTO ES LO QUE VALORAMOS EN NUESTRO CENTRO.
  • Acreditación de haber formalizado un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros con una cobertura no inferior a 120.000 €  y exento de franquicias en cuanto a la responsabilidad civil a terceros

Es el certificado que acredita que la persona cumple las condiciones físicas y psíquicas precisas para proporcionar los cuidados necesarios al animal y garantizar su adecuado manejo. Para ello debemos comprobar que no existe enfermedad o deficiencia alguna, de carácter orgánico o funcional, que pueda suponer incapacidad física o psicológica de la persona.

Se consideran animales potencialmente peligrosos los siguientes:

1) Los perros pertenecientes a las siguientes razas y sus cruces: Pit Bull Terrier. Staffordshire Bull Terrier. American Staffodshire Terrier. Dogo Argentino. Fila Brasileiro. Tosa Inu. Akita Inu.

2) Los perros cuyas características físicas se correspondan con todas o la mayoría de las características siguientes:

  • Fuerte musculatura, aspecto poderoso, robusto, configuración atlética, agilidad, vigor y resistencia.
  • Marcado carácter y gran valor.
  • Pelo corto.
  • Perímetro torácico comprendido entre 60 y 80 centímetros, altura a la cruz entre 50 y 70 centímetros y peso superior a 20 kg.
  • Cabeza voluminosa, cuboide, robusta, con cráneo ancho y grande y mejillas musculosas y abombadas. Mandíbulas grandes y fuertes, boca robusta, ancha y profunda.
  • Cuello ancho, musculoso y corto.
  • Pecho macizo, ancho, grande, profundo, costillas arqueadas y lomo musculado y corto.
  • Extremidades anteriores paralelas, rectas y robustas y extremidades posteriores muy musculosas, con patas relativamente largas formando un ángulo moderado.

3) Otros:

  • Los animales de la especie canina que manifiesten un carácter marcadamente agresivo o hayan protagonizado agresiones a personas o a otros animales.
  • Animales que, perteneciendo a la fauna salvaje y siendo utilizados como animales domésticos o de compañía, con independencia de su agresividad, pertenezcan a especies o razas con capacidad de causar muerte o lesiones a personas, animales o cosas.
  • Otros animales que, utilizados como animales de compañía, por sus características morfológicas o raciales tengan capacidad para causar lesiones graves o mortales a las personas.

Puede consultar la información completa en:

La Licencia tendrá un periodo de validez de cinco años, pudiendo ser renovada por periodos sucesivos de idéntica duración mediante una nueva presentación de la documentación requerida, debidamente actualizada.

Cualquier variación de los datos que figuran en la licencia, deberá ser comunicada por su titular en el plazo de quince días hábiles, contados desde la fecha en que dicha modificación se hubiera producido.

Reconocimiento Aptitud Seguridad Privada

Deberá traer su D.N.I y una foto de carné para realizar el certificado que acredita que la persona cumple las condiciones físicas y psíquicas, precisas para tener una titulación náutica de recreo. La validez del certificado médico de aptitud psicotécnica es de 90 días naturales.

  • Conductores

    Para todos los permisos de conducir

  • Seguridad Privada

    Obtener y renovar acreditaciones de Seguridad Privada.

  • Operador de Grúa

    Obtener y renovar la licencia de Operador de Grúas

  • Animales Peligrosos

    Razas caninas consideradas potencialmente peligrosas

  • Embarcaciones Recreativas

    Patrón de Embarcaciones de Recreo y otras licencias

  • Lunes - Viernes: 9 - 14 / 17 - 19
  • Sabado: 10.00 - 13.00